Gastos añadidos a la compra de una casa (2a parte)

  • hace 3 años
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Tal y como comentábamos en la entrada anterior titulada “Gastos añadidos a la compra de
una casa”, además de los gastos derivados directamente de la compraventa, también hay
otros gastos derivados de la constitución de un préstamo hipotecario.
Estos gastos a los que nos referimos hasta hace muy poco los soportaba siempre el
comprador, sin embargo, en los últimos años los tribunales se han pronunciado a favor
de este en innumerables ocasiones, condenando al banco a hacer frente a la mayoría de
estos gastos.
Actualmente, salvo excepciones, la Ley (en el sentido amplio de la palabra) dice que
quien tiene que soportar la mayoría de estos gastos es la entidad financiera.
¿Por qué?
Pues básicamente porque la finalidad de formalizar la hipoteca (que no deja de ser un
contrato privado entre la entidad financiera y el comprador de la casa) y elevarla a
escritura pública no es otra que poder inscribir este contrato
en el Registro de la
Propiedad, y quién está realmente interesado en inscribirlo es el banco. Por lo tanto, es
lógico que todos estos gastos los soporte la entidad financiera y no el comprador de la
vivienda.
Vamos a ver de forma detallada y ordenada los gastos a los que nos referimos:

  • Tasación de la vivienda: este gasto lo asume el comprador, pues es un gasto
    previo a la concesión de la hipoteca y es un requisito legal para que nos otorguen
    un préstamo hipotecario. Dependiendo de la vivienda que adquirimos su precio
    variará entre 300€ y 800€ aproximadamente.
  • Comisión de Apertura: gasto asumido también por el comprador, como norma
    general y salvo que la señalada comisión se considere abusiva (existen una serie
    de supuestos sobre los que nuestros expertos os pueden orientar). Normalmente
    rondará entre un 0,5% y un 2% del valor del préstamo.
  • Notario: este gasto lo asume la entidad financiera, y son los honorarios que
    cobrará la notaría para elevar a escritura pública el contrato de préstamo
    hipotecario. Hay que tener en cuenta que aunque este gasto lo asume el banco,
    las copias simples que queramos las tendremos que pagar nosotros, siendo
    aproximadamente de entre 40€ y 80€ cada copia.
  • IAJD: es un impuesto que grava las operaciones en las que interviene un notario
    y después se tienen que inscribir en el Registro de la Propiedad. Este gasto
    también lo asume el banco.
  • Registro de la propiedad: son los honorarios a pagar ante el Registro de la
    Propiedad para poder inscribir el contrato de préstamo hipotecario. Como ya
    imaginarás, este gasto también lo asumirá el banco.
    Por lo tanto, los gastos añadidos a un Contrato de Préstamo Hipotecario serán
    aproximadamente de entre un 1,5% y un 2% del valor total del préstamo.
    Esperamos que os haya servido de ayuda este post. Para cualquier duda al respecto no
    dudéis en contactar con nosotros y os ayudaremos encantados.

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